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SERVICIOS Y PRESTACIONES SOCIALES: LA RBC COMO PRESTACIÓN

SERVICIOS Y PRESTACIONES SOCIALES: LA RBC COMO PRESTACIÓN Escrito por Horacio Garcia Pacios
es Trabajador Social

El trabajo social se sitúa en un proceso orientado a facilitar, a individuos, grupos y comunidades, el acceso a la diversidad de recursos que necesitan, respetando y promocionando a aquéllos cuando plantean demandas o carencias socialmente reconocidas como de responsabilidad pública. Los servicios sociales son, junto a las prestaciones sociales, una manera fundamental en que se formalizan dichos recursos. Los primeros (servicios) son medios puestos a disposición de la comunidad para uso y disfrute colectivo. Y sus funciones principales se resumen en cuatro: 1ª) promover la integración social de todos los ciudadanos; 2ª) prestar protección social necesaria a cualquier ciudadano en estado de necesidad; 3ª) promover la prevención de la marginación social; y 4ª) atender preferentemente las áreas de actuación en grupos de población con mayores carencias. Las segundas (prestaciones) son medios proporcionados a los individuos para su uso privado, pero que cumplen una función social, ya que están orientadas a satisfacer necesidades sociales de dichos individuos. La RBC se incluiría dentro de las prestaciones sociales, pero desbordando el concepto tradicional de prestación social dirigida a pobres y marginados puesto que, al ser universal e incondicionada, también se dará a los ricos.
Entendemos por necesidad social aquella que transciende las posibilidades de satisfacción por parte de la propia persona necesitada, requiriendo la intervención pública e institucional para su cobertura. Así ocurre con las necesidades básicas (alimento, refugio, vestido, calzado, higiene…) de un número creciente de personas conciudadanas o extranjeras. Los efectos del neocapitalismo, el “fin de la civilización del trabajo” (fijo y de por vida) y la imposibilidad de alcanzar el pleno empleo estable y con derechos, hacen que el trabajo asalariado no sea ya habitualmente, para muchos, el vehículo proporcionador de los medios económicos para la subsistencia.
La respuesta a esas demandas y carencias, en las referidas circunstancias, se entiende cada vez más como una responsabilidad de los poderes públicos. Recordemos que según el art. 9.2 de la CE “Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”. La RBC vendría a darle una aplicación más real. Conviene, pues, establecer la RBC por meras razones de utilidad económica (dinamización de la economía, control de la infracción, equilibrio, mayor sostenibilidad y beneficio social…). Pero, al mismo tiempo, cabe destacar algunas de las repercusiones más beneficiosas de esta medida en el orden social:
1º) Permitiría romper la “trampa de la pobreza” consistente en que para recibir ayuda de los Servicios sociales “hay que ser un desposeído, lo que aboca a la marginalidad y ociosidad delictiva”. 2º) Crearía el clima propicio para cumplir más y mejor la función integradora que tradicionalmente se viene atribuyendo a los servicios sociales (Si bien no es la panacea ni permite sustituir a los servicios sociales. Se equivocan quienes intenten eliminarlos por aplicar la medida desde una óptica cerrilmente neoliberal. 3º) Establecería buenas condiciones para hacer un trabajo social más eficaz, pues muchas medidas bienintencionadas tienen efectividad efímera porque se estrellan contra el muro del paro estructural. Pensemos en grupos específicos: parados mayores de 40 años, mujeres maltratadas, jóvenes que desean emanciparse, expresidiarios, exdrogadictos, etc., etc. Imaginemos el impulso positivo que supondría para la libertad e igualdad del ciudadano necesitado el tener garantizado, por ley, un mínimo de subsistencia. 4º) Prevendría la precarización y marginación de colectivos cada vez más amplios. La RBC, lejos de incentivar la vagancia, permitiría un reproche social fundamentado de la misma y desactivaría la justificación de conductas antisociales provocadas por el maltrato que recibe a diario el ciudadano en una sociedad marcada por el economicismo más selvático. 5º) Por último, al ser incondicional, ahorraría dinero y burocracia, permitiendo una mejor utilización de los recursos. ¿Quién no ha oído hablar de la parte tan substanciosa dedicada a controlar las prestaciones condicionadas?

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