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LA CONSTITUCIÓN EUROPEA

LA CONSTITUCIÓN EUROPEA resumen elaborado por el autor participante en las Jornadas de "Perspectivas" del PSCYL-PSOE
Escrito por Jose Miguel Debesa Gil. Enseñante. Secretario de Participación Ciudadana A.Local PSOE-León
jmdebesa@hotmail.com

El Tratado Constitucional de la Unión Europea, es la culminación de un gran esfuerzo colectivo de los europeos para construir una Europa unida y en paz, tras las consecuencias trágicas de la II Guerra mundial. Jurídicamente es un nuevo tratado, entre 25 países, que sustituye a los anteriores de las Comunidades Europeas y de la Unión Europea, por lo que viene a cerrar el ciclo de los tratados, políticamente es una auténtica Constitución que abre un nuevo ciclo, el de las Constituciones Europeas. No es una “Carta Otorgada” por nadie, se ha elaborado democráticamente por una convención de 105 miembros en la que han participado los Estados y los ciudadanos, a través de partidos políticos y otras instituciones.
Supone una solución, al mismo tiempo, a la ampliación progresiva de Europa y a la profundización de su unión, integración, cohesión y democratización. Sin embargo no es la Constitución de un Estado al uso (un Estado Nacional del siglo XIX) y por ello no se le debe pedir lo que no puede dar- división de los tres poderes, etc.-

Crea soluciones innovadoras para intervenir en la globalización del Siglo XXI, como la SUPRANACIONALIDAD (la ciudadanía europea se añade a la ciudadanía nacional, sin sustituirla) que rompe los clichés de los NACIONALISMOS. Los Estados ceden soberanía pero, por el principio de subsidiaridad, sus ciudadanos aumentan su capacidad de control democrático a través de los parlamentos nacionales, y de los regionales, con un funcionamiento de las instituciones “En Red”, para solucionar mejor las demandas de la gente en un mundo cada vez más global.
Por primera vez se proclama la personalidad jurídica de la Unión Europea, se consolidan sus símbolos, bandera, himno, moneda, una divisa “Unida en la diversidad”, se fijan unos objetivos para el interior y el exterior, se establece un Presidente del Consejo más estable, y un Ministro de Asuntos Exteriores.

Siempre se ha criticado que Europa era un gigante económico pero un enano político, y además que tenía un gran déficit democrático, pues bien eso cambia radicalmente con esta Constitución que establece una DOBLE LEGITIMIDAD en los Estados, y en los CIUDADANOS, y que AUMENTA LA DEMOCRACIA al reforzar las funciones legislativas y de control del Parlamento Europeo, y las funciones de coordinación, ejecución y gestión de la Comisión.

La Constitución SIMPLIFICA Y CLARIFICA la legislación existente desde los Tratados, las Leyes, los Reglamentos. etc. para obtener más EFICACIA y superar las numerosas críticas a la burocratización de Bruselas.

La Constitución establece 3 tipos de competencias.
Las COMPETENCIAS EXCLUSIVAS, que son 5: Unión aduanera, política monetaria(Países del Euro), política comercial común, normas de competencia del mercado interior, conservación recursos marinos.
Las COMPETENCIAS COMPARTIDAS con los estados (10): Mercado interior, Cohesión económica social y territorial, Agricultura y pesca, Medio Ambiente, Transportes y redes trans-europeas, Energía, Espacio de libertad, seguridad y justicia, Política social, Seguridad en Salud Pública, Protección de los consumidores.
Las COMPETENCIAS DE APOYO, coordinación y complemento de las acciones de los Estados (7): Educación, juventud, deporte y F.P., Cultura, Turismo, Industria, Protección de la Salud humana, Protección civil, Cooperación administrativa .
La Constitución reafirma una serie de “Valores” que son los que caracterizan a los Estados miembros, es decir a las sociedades democráticamente más avanzadas, como son: La libertad, la Democracia, el Pluralismo, la Tolerancia, la Dignidad humana, la Igualdad, la no discriminación (se cita expresamente la igualdad entre mujeres y hombres) la Justicia, el Estado de derecho y respeto de los Derechos Humanos, incluidos los pertenecientes a minorías, y la Solidaridad. El primer objetivo de la Unión Europea es promover la PAZ, sus valores y EL BIENESTAR DE SUS PUEBLOS.
Europa es actualmente no solo un mercado o una potencia económica, es también el mayor espacio de PAZ y de SOLIDARIDAD del mundo, el modelo europeo consiste en que los poderes públicos garantizan a los ciudadanos los Derechos humanos y unos sistemas de bienestar que promueven la igualdad y la inclusión social. Y además se compromete a “exportarlos” en sus relaciones con el resto del mundo “Contribuirá a la Paz, la seguridad, el desarrollo sostenible del planeta, la solidaridad y el respeto mutuo entre los pueblos, ... la erradicación de la pobreza y la protección de los derechos humanos,...

Por supuesto que la constitución no es perfecta, es el resultado de una correlación de fuerzas en un momento determinado, es la que ha sido posible y necesaria en estos momentos, pero no se retrocede en ningún aspecto, se avanza algo en algunos, y se avanza mucho en otros.

Quizás uno de los más importantes sea el reconocimiento de la CIUDADANÍA de la UNIÓN y de los derechos inherentes a la misma, recogidos en el Titulo II y en la Carta de Derechos Fundamentales de la Parte II, junto a la constitución de un Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia sin fronteras donde se garantizará con carácter vinculante el ejercicio de tales derechos (su aplicación ha de darse dentro del principio de subsidiariedad y el reparto de competencias.) la lista es larga y su redacción de las más avanzadas: Respeto a la dignidad humana, derecho a la vida (no a la pena de muerte), derecho a la integridad de la persona, prohibición de la tortura, de la esclavitud o del trabajo forzoso, respeto de la vida privada y familiar, derecho a contraer matrimonio y fundar una familia, protección de datos, libertad de pensamiento, conciencia y de religión, libertad de expresión y de información, de reunión y asociación, derecho a la educación, las ciencias y las artes, libertad profesional y derecho a trabajar, libertad de empresa, derecho a la propiedad, derecho a la información y consulta de los trabajadores, derecho a la negociación colectiva, protección en caso de despido, Seguridad Social y ayuda social, protección de la salud, protección del medioambiente, protección de los consumidores, derecho a una buena administración, derecho a la tutela del Defensor del Pueblo Europeo, derecho a la tutela judicial efectiva, presunción de inocencia y proporcionalidad de los delitos y las penas.

La Ciudadanía es la auténtica “cultura que une” a la Europa Constitucional, no la religión, la lengua, o el patrimonio, cuya diversidad se respetará como una riqueza, pero que no deberán obstaculizar que la Unión fomente la cohesión económica, social y territorial y la solidaridad entre los Estados miembros, hasta eliminar las desigualdades entre los ciudadanos de la Unión.

Naturalmente el tratado por si mismo no es suficiente para conseguir estos objetivos, será necesaria además una voluntad política para desarrollar las políticas de solidaridad mas convenientes, que las fuerzas de la derecha europea no impulsan con la misma fuerza que las de izquierda, pero desde luego el tratado las hace posibles desde este mismo momento.

En este sentido hay que resaltar el principio “casi revolucionario” de la SUBSIDIARIEDAD. El artículo I-11 dice que la delimitación de las competencias de la Unión se regirá por el principio de atribución y que el ejercicio de dichas competencias se regirá por los principios de subsidiariedad y proporcionalidad.

Es decir que la Unión actuará sin limitaciones, solo, dentro de los límites de competencia que le atribuyen los estados miembros (las 5 exclusivas) las demás competencias son compartidas por los Estados miembros y la Unión y en ellas se deberá aplicar el principio de Subsidiaridad por el cual la Unión solo podrá intervenir en el caso de que los objetivos de la acción pretendida no puedan alcanzarse de manera suficiente por los estados miembros, ni a nivel central, ni regional, ni local, es decir solo intervendrá la Unión cuando demuestre que va a mejorar los servicios que se vienen prestando, o regular mejor una materia.

¿Quién tiene que decir que tal o cual legislación, directiva etc. mejora la situación? Cada uno de los Parlamentos Nacionales (o Regionales/ Locales/ etc.) deberán emitir un informe de subsidiaridad, que si no es positivo en 2/3 del total paralizaría el tramite de la propuesta, para volver a comenzar su estudio.
Esto supondrá una “europeización de nuestros parlamentos que deberán estar muy atentos a la elaboración de las normativas europeas y contrastarla con las propias a fin de comprobar si mejoran o perjudican las realidades de cada País, Autonomía, etc.

El objetivo de esta SUBSIDIARIEDAD sería construir un entramado competencial y funcional “en red” de manera que las diversas Instituciones colaboraran en la elaboración de normas y fondos económicos, complementarios y coordinados (una maya tupida y eficaz) para dar solución a los problemas reales de las personas. No olvidemos que se aplican a una serie de competencias (las compartidas) muy importantes como son: La Cohesión económica social y territorial, Agricultura y pesca, Medio Ambiente, Transportes, Política social, Seguridad en Salud Pública, Protección de los consumidores. Estas políticas tendrían como objetivo la promoción de la coordinación y la cohesión, es decir reducir las diferencias entre los niveles de desarrollo de las diversas regiones, así como la solidaridad entre los Estados miembros.

También se consolida (art. I-42) un espacio de libertad, seguridad y justicia, mediante la adopción de leyes y leyes-marco, europeas, destinadas a aproximar las disposiciones legales y reglamentarias de los Estados miembros, fomentando la confianza mutua entre las autoridades al reconocer las resoluciones judiciales y extrajudiciales, así como con la cooperación de los servicios de policía, aduanas, y otros de prevención y detención de infracciones penales. En la parte III se prevé el establecimiento de una política común sobre inmigración, en materia de Asilo, refugiados y personas desplazadas y una cooperación judicial y policial (Europol y Eurojust) en materia penal y civil contra el terrorismo y el crimen organizado. Los Parlamentos nacionales podrán participar en los mecanismos de control político de Europol y de Eurojust.

Otros dos principios que define la Constitución para un mejor funcionamiento de la Unión (titulo VI) son los de IGUALDAD y DEMOCRACIA. Se enuncia explícitamente:“La Unión respetará en todas sus actividades el principio de la Igualdad de sus ciudadanos, que se beneficiarán por igual de la atención de sus instituciones, órganos y organismos.”

“El funcionamiento de la Unión se basa en la DEMOCRACIA REPRESENTATIVA” Los ciudadanos estarán directamente representados en la Unión a través del Parlamento Europeo. Los Estados miembros estarán representados en el Consejo Europeo por su jefe de Estado o de Gobierno y en el Consejo de ministros por sus gobiernos, que serán democráticamente responsables ante sus Parlamentos nacionales.”

“Principio de DEMOCRACIA PARTICIPATIVA” “Las instituciones darán a los ciudadanos y sus asociaciones... la posibilidad de expresar e intercambiar públicamente sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la unión” y... “mantendrán un diálogo abierto transparente y regular con las asociaciones representativas y la sociedad civil” en este mismo art. se regula el Derecho de Iniciativa Legislativa Popular (con un millón de firmas)

Las instituciones de la Unión se definen en el Título IV, con importantes reformas para aumentar el control democrático y la eficacia:
El parlamento es la institución más reforzada. No solo ejercerá conjuntamente con el Consejo la función Legislativa y presupuestaria, sino también elegirá al presidente de la comisión y ejercerá las funciones de control político.
El Consejo Europeo, elegirá un presidente por dos años y medio, para acercar posiciones y preparar los consensos necesarios, tanto en él como en el Consejo de Ministros, muchos de los temas no necesitarán la unanimidad sino que se tomarán decisiones por mayoría cualificada la denominada “doble mayoría” 55% de los Estados y un 65% de los ciudadanos (producto de la doble legitimidad) multiplicando por 6 la eficacia del sistema de Niza La Comisión tendrá la iniciativa de la programación anual y plurianual, podrá gestionar reglamentos delegados, y “gobernarᔠel presupuesto y los programas dela Unión, dando cuenta al parlamento de los mismos.

El Tribunal de Justicia, garantizará el respeto del Derecho en la interpretación y aplicación de la Constitución, y de las demás Leyes de la Unión, controlando la legalidad de los actos de los demás órganos de la Unión.
Además se definen otros órganos como el Banco Central Europeo, el Tribunal de Cuentas, el Comité de las Regiones, y el Comité Económico y Social.

Los españoles vamos a ser los primeros en decidir en referéndum si aprobamos el Tratado Constitucional, a los 18 años de entrar en Europa, nuestra mayoría de edad va a coincidir con la MAYORÍA de EDAD de EUROPA, por primera vez en la historia no solo estamos al compás de Europa sino que podemos estar en las posiciones de Vanguardia.
Los españoles vamos a demostrar que queremos a Europa por que Europa nos quiere, y nos ha posibilitado :
Nuestra Democratización
Nuestro Progreso económico
La construcción de nuestro Estado de Bienestar, y solidaridad
Y nuestro futuro, con las inversiones en infraestructuras de todo tipo, en Educación, Investigación , Innovación y Desarrollo

¡¡ VOTAR POR LA CONSTITUCIÓN EUROPEA ES VOTAR POR NOSOTROS MISMOS !!

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